El parágrafo 1 del artículo 145 de la Ley 488 de 1998 establece que los valores absolutos que sirven de base para aplicar las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores deben ser reajustados anualmente por el Gobierno Nacional. En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2439 del 27 de diciembre de 2018, con el cual señala que, a partir del 1 de enero de 2019 los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores son las siguientes: vehículos particulares hasta $46.630.000 1,5%; vehículos particulares de más de $46.630.000 y hasta $ 104.916.000 2,5%; y vehículos particulares de más de $104.916.000 3,5%.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto 2439
Diciembre 27 de 2018
Por el cual se reajustan los valores absolutos del impuesto sobre vehículos automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2019.