Ministerio de Transporte. Por medio del cual los contratistas y concesionaros del Estado deberán contribuir solidariamente a la atención de la emergencia económica, social y ecológica.
Ministerio de Transporte
Decreto 4823
29-12-2010
Por medio del cual los contratistas y concesionaros del Estado deberán contribuir solidariamente a la atención de la emergencia económica, social y ecológica.
El Presidente de la República de Colombia
En ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 215 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 4580 de 2010, y