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Decreto 686 del 22-05-2020

A través del Decreto 686 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adoptó nuevas medidas transitorias en materia de sistemas especiales de importación-exportación, consumidor, turismo y zonas francas, para mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.

Dicho decreto establece que las zonas francas permanentes, zonas francas permanentes especiales, usuarios operadores, usuarios industriales de bienes y/o servicios y usuarios comerciales presentarán un solo informe correspondiente al cumplimiento de actividades y compromisos a su cargo durante el período de enero a junio de 2020 hasta el 30 de julio del mismo año, con los requisitos dispuestos en los artículos 74 y 82 del Decreto 2147 de 2016 y los previstos en la Resolución 2135 de 2017 expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Decreto 686 del 22-05-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Decreto 686
mayo 22 de 2020

Por el cual se adoptan disposiciones transitorias en materia de sistemas especiales de importación-exportación, consumidor, turismo y zonas francas, para mitigar los efectos causados por la emergencia sanitaria provocada por el COVID- 19.

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