Ministerio de Protección Social. Para efectos de la afiliación de los míembros de las comunidades y congregaciones religiosas al Sistema de Seguridad Social Integral, éstas se asimilan a las asociaciones. Para efectos de la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral, los miembros de las comunídades y congregaciones religiosas, se asimilan a trabajadores independíentes.
Ministerio de la Protección Social
Decreto 692
04-03-2010
Por el cual se modifica el artículo 13 del Decreto 3615 de 2005 modificado por el artículo 6° del Decreto 2313 de 2006.
El Presidente de la República de Colombia
En ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las conferidas por el articulo 189 numeral 11 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 15 y 157 de la Ley 100 de 1993,