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Decreto Legislativo 557 del 15-04-2020

A través del Decreto Legislativo 557 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adopta medidas transitorias respecto al plazo para el pago del impuesto nacional de turismo correspondiente al primer y segundo trimestre de 2020, el cual se extenderá hasta el 30 de octubre de 2020.

A su vez, dispone medidas referentes a incentivos económicos para guías de turismo, y tarifas diferenciadas del registro ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –Invima–.

Fecha de publicación: 15 de abril de 2020
Decreto Legislativo 557 del 15-04-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Decreto Legislativo 557
abril 15 de 2020

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adopta medidas transitorias respecto al plazo para el pago del impuesto nacional de turismo correspondiente al primer y segundo trimestre de 2020, el cual se extenderá hasta el 30 de octubre de 2020.

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