Ministerio de Hacienda expide el Decreto Legislativo 789 de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con la exclusión transitoria del IVA en contratos de franquicias y servicios de hotelería y turismo, y la exención del IVA en la importación de vehículos automotores, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica de conformidad con el Decreto 637 de 2020.
Por lo tanto, dada la crisis económica generada en el sector del transporte público terrestre y de carga, por la suspensión parcial de la movilidad en todo el territorio nacional de pasajeros y de carga, se estableció que hasta el 31 de diciembre de 2021 la importación de vehículos automotores se encontrará exenta del IVA.
Así mismo, hasta el 31 de diciembre de 2020 en todo el territorio nacional se encontrará excluida del IVA la prestación de servicios de hotelería y turismo.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto Legislativo 789
junio 4 de 2020
Ministerio de Hacienda expide el Decreto Legislativo 789 de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en relación con la exclusión transitoria del IVA en contratos de franquicias y servicios de hotelería y turismo, y la exención del IVA en la importación de vehículos automotores, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica de conformidad con el Decreto 637 de 2020.