En la contabilidad se tienen retenciones del IVA (anticipo del IVA) que fueron practicadas en años anteriores, ¿se pueden deducir en la declaración del IVA? ¿El reteiva que le practicaron a la empresa en diciembre del 2015 se puede descontar en el primer bimestre del 2016?
En la contabilidad se tienen retenciones del IVA (anticipo del IVA) que fueron practicadas en años anteriores, ¿se pueden deducir en la declaración del IVA? ¿El reteiva que le practicaron a la empresa en diciembre del 2015 se puede descontar en el primer bimestre del 2016?