Los derechos conexos confieren protección de derechos patrimoniales para impedir la fijación, radiodifusión o comunicación al público de sus ejecuciones e interpretaciones en directo. se conceden también derechos de reproducción, distribución y alquiler de sus interpretaciones.
Los derechos conexos se otorgan a los titulares que entran en la categoría de intermediarios en la producción, grabación o difusión de las obras. El derecho de autor y los derechos conexos protegen cosas distintas. El derecho de autor protege a los autores de obras, por ejemplo, en el caso de una canción, el derecho de autor protege al compositor de la música y al autor de la letra; por otra parte, los derechos conexos son aplicables, por ejemplo, a:
Los derechos conexos, también conocidos como derechos afines, confieren protección a las siguientes categorías de personas y organizaciones:
Los artistas intérpretes y ejecutantes gozan de derechos patrimoniales para impedir la fijación, la radiodifusión y la comunicación al público de sus ejecuciones e interpretaciones en directo.
En varias leyes nacionales y en el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, se conceden también a esos artistas derechos de reproducción, distribución y alquiler de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas, así como derechos morales a impedir una omisión infundada de su nombre, o a oponerse a modificaciones de sus interpretaciones o ejecuciones incorporadas en una grabación sonora, en la medida en que dichas modificaciones puedan dañar su reputación.