Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un empleador envía a sus trabajadores a casa cuando estos cumplen las labores asignadas en menos tiempo del estipulado, ¿dicho empleador puede descontar del salario las horas que no se trabajan debido a lo anterior?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un empleador envía a sus trabajadores a casa cuando estos cumplen las labores asignadas en menos tiempo del estipulado, ¿dicho empleador puede descontar del salario las horas que no se trabajan debido a lo anterior?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que cuando se suscribe un contrato de trabajo, la empresa puede, sin que medie la previa autorización del empleado, realizar descuentos de nómina por concepto de aportes a salud, pensión e incluso aportes al fondo de solidaridad cuando se devengan más de cuatro salarios mínimos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo.
Aclarado lo anterior, se puede concluir que en este caso en particular la empresa no podrá afectar el salario del trabajador realizando algún descuento bajo el argumento de que la labor no fue desarrollada, porque la situación del cese de actividades fue originada por la empresa.