En su Concepto 019095 de julio 18 de 2017 la Dian aclaro la forma en que los exportadores y demás contribuyentes que realizan las actividades exentas del artículo 481 del ET deben calcular la parte del saldo a favor que según el artículo 489 del ET pueden solicitar en devolución de forma bimestral.
En su Concepto 019095 de julio 18 de 2017 la Dian aclaro la forma en que los exportadores y demás contribuyentes que realizan las actividades exentas del artículo 481 del ET deben calcular la parte del saldo a favor que según el artículo 489 del ET pueden solicitar en devolución de forma bimestral.