Así lo establece el artículo 50 de la Ley 1429 de diciembre de 2010 el cual ordena que si una sociedad tiene 10 años o mas de no renovar su matrícula mercantil entonces será automáticamente declarada en disolución y liquidación. Y si se trata de una persona natural comerciante, automáticamente su matrícula será cancelada
Así lo establece el artículo 50 de la Ley 1429 de diciembre de 2010 el cual ordena que si una sociedad tiene 10 años o mas de no renovar su matrícula mercantil entonces será automáticamente declarada en disolución y liquidación. Y si se trata de una persona natural comerciante, automáticamente su matrícula será cancelada.
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