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El subsidio a la pensión –PSAP– es una maravilla, pero solo lo obtiene si se afilia a Colpensiones

PSAP es un mecanismo que busca subsidiar un porcentaje de los aportes al Sistema General de Pensiones. Este programa va dirigido a las personas que tengan ingresos inferiores al salario mínimo, dependiendo del grupo poblacional al que pertenezcan, a través del Consorcio Colombia Mayor.

Fecha de publicación: 13 de agosto de 2018
El subsidio a la pensión –PSAP– es una maravilla, pero solo lo obtiene si se afilia a Colpensiones
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

PSAP es un mecanismo que busca subsidiar un porcentaje de los aportes al Sistema General de Pensiones. Este programa va dirigido a las personas que tengan ingresos inferiores al salario mínimo, dependiendo del grupo poblacional al que pertenezcan, a través del Consorcio Colombia Mayor.

PSAP es un programa administrado por Colombia Mayor y cuyo objetivo es subsidiar el aporte al régimen general de pensiones de trabajadores asalariados, independientes o desempleados del sector rural y urbano, que tengan un ingreso inferior al salario mínimo y que no puedan realizar la totalidad de los aportes. 

El beneficiario del programa debe aportar entre un 5 % y 30 % de la cuota total a pensiones, dependiendo del grupo poblacional al que pertenezca; el porcentaje restante es el subsidio que otorga el Gobierno nacional a través del Consorcio Colombia Mayor. 

Beneficios:   

  • Subsidio entre 70 % y 95 % (según el grupo poblacional al que pertenezca) del valor mensual del aporte. 
  • Posibilidad de tener este subsidio a partir de 500 hasta 650 semanas (en el caso de personas en condición de discapacidad se puede subsidiar hasta 750 semanas). 
  • Obtener pensión vitalicia. En caso de muerte, la pensión tiene carácter sustitutivo. 
  • Los mismos que un afiliado al régimen contributivo: invalidez, vejez y muerte (sobrevivientes tendrán derecho al auxilio funerario equivalente a 5 smlmv). 

 La obligación de cotizar a este sistema termina cuando el afiliado cumpla al menos uno de estos requisitos: 

  • Haber cumplido 65 años. 
  • Reunir los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez. 
  • Pensionarse por invalidez o anticipadamente.  

Requisitos:  

  • Estar afiliado a salud como cotizante o beneficiario del régimen contributivo o estar afiliado al régimen subsidiado.  
  • La última cotización al Sistema de Seguridad Social deber haber sido en Colpensiones. En caso de que haya sido en un fondo privado, debe ser viable el traslado de fondos.  

Los anteriores son los requisitos generales. Existen otros adicionales dependiendo del grupo poblacional al que pertenezcan quienes soliciten acceder a este programa.  

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