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¿En qué casos aplica el embargo de salario? Aquí te lo contamos

El Código Sustantivo del Trabajo establece los eventos en los cuales el empleador está autorizado para realizar descuentos del salario de sus trabajadores. No obstante, según la naturaleza de la obligación, dichas retenciones deben ser realizadas bajo determinados límites.

Fecha de publicación: 29 de octubre de 2019
¿En qué casos aplica el embargo de salario? Aquí te lo contamos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Código Sustantivo del Trabajo establece los eventos en los cuales el empleador está autorizado para realizar descuentos del salario de sus trabajadores. No obstante, según la naturaleza de la obligación, dichas retenciones deben ser realizadas bajo determinados límites.

Un embargo laboral consiste en que el empleador retenga parcialmente el salario de un trabajador; el monto objeto de retención se destina a cubrir una deuda que se encuentra bajo responsabilidad de este último.

En Colombia la única persona facultada para ordenar el embargo de salarios es un juez de la república, indistintamente de su especialidad, dicho embargo puede darse por dos clases de deudas, a saber:

  • Deudas generales: estas nacen por el incumplimiento del trabajador frente a las obligaciones adquiridas con una entidad financiera, una letra de cambio, un pagaré, entre otros.

En este caso, un juez puede ordenar el embargo del salario solo hasta la quinta parte de lo que exceda el salario mínimo legal mensual vigente, atendiendo la disposición legal de la embargabilidad de dicho salario.

  • Deudas especiales: estas se generan por el incumplimiento de la obligación legal de proporcionar alimentosa quien se deba, como, por ejemplo, los hijos menores de edad, cónyuge o compañero(a) permanente, y con los padres en determinados casos, así como en aquellos casos en que se incumplan obligaciones adquiridas con cooperativas, como puede ser por préstamos o aportes de sostenimiento. Para estos casos el monto a embargar puede ser hasta el 50 % del salario del trabajador; en este caso, por tratarse de una deuda de naturaleza especial, puede afectarse el monto del salario mínimo.

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