Los convenios de doble imputación (o tributación) –CDI– son pactos entre Estados, destinados a que un contribuyente no pague impuestos más de una vez por un hecho que tenga lugar en diferentes países, a la vez que buscan prevenir la evasión y elusión fiscal. De esta manera, constituyen un instrumento de cooperación internacional al incluir cláusulas como la del intercambio de información entre los Estados cooperantes, resolviendo en este sentido conflictos jurisdiccionales respecto a la posibilidad de gravar las rentas en el Estado de residencia o en aquel donde se genera la fuente.
Los convenios de doble imputación (o tributación) –CDI– son pactos entre Estados, destinados a que un contribuyente no pague impuestos más de una vez por un hecho que tenga lugar en diferentes países, a la vez que buscan prevenir la evasión y elusión fiscal. De esta manera, constituyen un instrumento de cooperación internacional al incluir cláusulas como la del intercambio de información entre los Estados cooperantes, resolviendo en este sentido conflictos jurisdiccionales respecto a la posibilidad de gravar las rentas en el Estado de residencia o en aquel donde se genera la fuente.
El Especial Actualícese Convenios de doble tributación tiene como objetivo que los contribuyentes conozcan al detalle las generalidades y particulares de estos acuerdos, junto con los conceptos emitidos por la Dian al respecto y los convenios vigentes.
TABLA DE CONTENIDO
GENERALIDADES
Origen de la doble imposición
Convenios vigentes
ASPECTOS PARTICULARES DE LOS ACUERDOS
Impuestos comprendidos por los convenios
Cláusulas especiales de los convenios
CONCEPTOS EMITIDOS POR LA DIAN
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