Son 5 los permisos que el empleador debe dar al empleado de forma obligatoria y en ninguno de estos aparece el de tomarse varias horas de la jornada laboral para estudiar. Existen diversas alternativas que se pueden pactar entre las partes.
Son 5 los permisos que el empleador debe dar al empleado de forma obligatoria y en ninguno de estos aparece el de tomarse varias horas de la jornada laboral para estudiar. Existen diversas alternativas que se pueden pactar entre las partes.
El hecho que un empleado en medio de su jornada laboral se encuentre estudiando no significa que el empleador tenga que sufragar los costos del salario mensual, seguridad social y pago de prestaciones sociales a una persona que solamente trabajará por un determinado número de horas, y que no cumple con la jornada de trabajo para la cual se le contrató.
No hay que olvidar que así como se le exige el pago al empleador, también se puede exigir al trabajador su respectiva productividad.
El artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo establece las obligaciones especiales del empleador para con sus trabajadores. Respecto a los permisos, en el numeral 6 se establece:
“Conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que… Salvo convención en contrario, el tiempo empleado en estas licencias puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su jornada ordinaria, a opción del empleador”.
(Las negrillas son nuestras).
Tenga en cuenta que los permisos que se deben otorgar son 5:
De tal manera, el empleador no tiene la obligación legal de dar permisos a sus trabajadores para ir a estudiar en horas pactadas como jornada de trabajo. Por otra parte, renunciar porque no se concedió un permiso para ir a estudiar en horario de trabajo no es una justa causa de renuncia y esto no genera indemnización a favor del trabajador.
Muchas empresas que tienen reglamento interno de trabajo coordinan con sus empleadores distintas posibilidades con tal que el trabajador pueda estudiar, lo que a mediano y largo plazo le permitiría disponer de una mano de obra mejor calificada.