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Exógena Tributaria: ¿quiénes deberán entregar el formato 2276 con el detalle de los pagos a empleados?

Habrá un mayor número de reportantes que deberán entregar el formato 2276. La tarea le corresponderá a todo empleador, siempre y cuando se encuentre obligado al mismo tiempo a entregar cualquiera de los otros 61 reportes exigidos con la Resolución 220 del 2014.

Exógena Tributaria: ¿quiénes deberán entregar el formato 2276 con el detalle de los pagos a empleados?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Habrá un mayor número de reportantes que deberán entregar el formato 2276. La tarea le corresponderá a todo empleador, siempre y cuando se encuentre obligado al mismo tiempo a entregar cualquiera de los otros 61 reportes exigidos con la Resolución 220 del 2014.

Entre los cambios realizados por la Resolución 000024 del 2016 figura una segunda modificación a la norma contenida en el literal p) del artículo 4 de la Resolución 220 del 2014, con la cual se define quiénes serán los obligados a entregar el nuevo reporte del formato 2276 v. 1.

Este formato contendrá el detalle de los valores efectivamente pagados a todos los empleados durante el año gravable 2015 y que sean certificados con el formulario 220.

Los antecedentes indican que la DIAN ha sido muy inconsistente a la hora de definir quiénes son los reportantes obligados a entregar el detalle de los pagos a empleados durante el 2015.

Primero se dijo que la tarea le correspondía a todo tipo de empleador, fuese persona natural o jurídica, sin importar ninguna característica en especial. Por lo tanto, la tarea le hubiera correspondido hasta a las personas naturales que durante el 2015 hubieran llegado a tener un simple empleado doméstico en sus casas.

Mediante una segunda modificación se redujo el universo de los obligados a entregar el reporte, pues se dispuso que la tarea solo correspondería a los empleadores a quienes les aplicara al tiempo el literal c) del mismo artículo 4 de la Resolución 220 del 2014; es decir, solo a los empleadores que durante el 2015 hubieren practicado algún tipo de retenciones en la fuente.

“Con esta tercera versión se logra entonces que haya más reportantes obligados a entregar el formato 2276”

Finalmente, con la tercera versión de la norma se redefinió de nuevo el universo de los obligados a entregar el reporte, determinando que la tarea le corresponderá finalmente a todo empleador, siempre y cuando se encuentre obligado al mismo tiempo a entregar cualquiera de los otros 61 reportes que se exigen con la Resolución 220 del 2014.

Con esta tercera versión se logra entonces que haya más reportantes obligados a entregar el formato 2276, en comparación con aquellos que quedaban obligados con la segunda versión de la norma, donde sucedía que si por ejemplo una persona natural había obtenido en el 2013 ingresos brutos superiores a $500.000.000 y al mismo tiempo durante dicho año había tenido empleados y no había practicado ninguna retención en la fuente a ningún tercero, esa persona cumpliría con reportar varios de los formatos de la Resolución 220 del 2014 –como los formatos 1001, 1003, 1004, etc.–, pero no tenía que entregar el formato 2276.

Si quiere ampliar información sobre este tema, lea nuestro análisis Exógena año gravable 2015: ampliaron plazos y reexpidieron 13 formatos.