Una persona natural del régimen común tiene unos inventarios por un valor determinado, y ha decidido venderlos. ¿Puede expedir factura por el valor general de los inventarios, o se deben detallar los productos que vende?
Una persona natural del régimen común tiene unos inventarios por un valor determinado, y ha decidido venderlos. ¿Puede expedir factura por el valor general de los inventarios, o se deben detallar los productos que vende?