La aplicación del principio de seguridad jurídica depende de la naturaleza de los fallos judiciales. Existen sentencias de nulidad y restablecimiento del derecho y fallos de nulidad simple e inexequibilidad, como son las actuaciones de la DIAN o del contribuyente que no pueden modificarse.
Aunque el principio de seguridad jurídica en materia tributaria hace referencia tanto a la normatividad sobre el tema como a las las respectivas interpretaciones que realicen sobre esta las autoridades administrativas y/o judiciales, la aplicación de dicho principio depende de la naturaleza de los fallos judiciales.
En este sentido las sentencias de nulidad y restablecimiento del derecho tienen el propósito de aplicar la norma en determinadas situaciones. En este caso es posible que el fallo emitido se convierta en un precedente y por tanto se convierta en una regla para situaciones similares, igualmente puede llegar a considerarse en una norma cuando la situación no está contemplada de forma expresa en alguna disposición legal.
También se encuentran los fallos de nulidad simple e inexequibilidad; en este tipo de situación es necesario tener en cuenta que los derechos adquiridos mediante la norma que se declara nula o inconstitucional no pueden vulnerarse pues en el tiempo en que actuaron lo hicieron bajo la presunción de legalidad y constitucionalidad de la disposición normativa.
En materia tributaria lo anterior tiene aplicación cuando las actuaciones, ya sea de la DIAN o de los contribuyentes, no pueden ser modificadas o sujetas a debate. Un ejemplo de ello son las declaraciones que se encuentran en firme, las cuales no pueden ser modificadas por el contribuyente ni tampoco revisadas por la DIAN; esa misma situación se presenta en los actos oficiales en los que se determinan tributos o sanciones que no son susceptibles de ningún recurso.