La reforma tributaria contenida en la ley 1430 de 2010, designó como nuevos agentes de retención del IVA a los proveedores de las sociedades de comercialización internacional, cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen común. (Artículo 437-2 numeral 7 del ET).
Documentos TRIBUTAR
Febrero 25 de 2011
FLASH 391
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
Plantilla para Documentos
PROVEEDORES DE SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN INTERNACIONAL: RETENCIÓN DEL IVA AL 75%
La reforma tributaria contenida en la ley 1430 de 2010, designó como nuevos agentes de retención del IVA a los proveedores de las sociedades de comercialización internacional, cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen común. (Artículo 437-2 numeral 7 del ET).
Tomado de : www.tributarasesores.com.co