Las funciones generales del mecanismo de registro de facturas electrónicas –Refel– están estipuladas en el artículo 2.22.53.11 del Decreto 1074 de 2015, y las relacionadas con la inscripción de facturas electrónicas consideradas como título valor en el artículo 6 de la Resolución 2215 de 2017.
A través de la Resolución 2215 de noviembre 22 de 2017 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el manual de funcionamiento para el administrador del registro de facturas electrónicas –Refel–, el cual permitirá la consulta de información de las facturas electrónicas que sean consideradas como título valor.
Las funciones generales del Refel se encuentran estipuladas en el artículo 2.2.2.53.11 del Decreto 1074 de 2015 (Decreto único reglamentario del sector comercio, industria y turismo), pero las relacionadas con la inscripción están consagradas en el artículo 6 de la Resolución 2215 de 2017 del Mincomercio. A continuación, describimos algunas de ellas: