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Garantice su pensión: si inició su vida laboral a los 18 años no deje de cotizar al sistema

Isabel Prias, experta en seguridad social de TG Consultores, explica que si un colombiano aporta desde joven, lo más probable es que tenga derecho a su pensión.

Requisitos mínimos de pensión están entre los 23 y 26 años de cotización, dependiendo el régimen pensional al cual esté afiliado.

Fecha de publicación: 23 de agosto de 2021
Garantice su pensión: si inició su vida laboral a los 18 años no deje de cotizar al sistema
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Isabel Prias, experta en seguridad social de TG Consultores, explica que si un colombiano aporta desde joven, lo más probable es que tenga derecho a su pensión.

Requisitos mínimos de pensión están entre los 23 y 26 años de cotización, dependiendo el régimen pensional al cual esté afiliado.

La cultura del ahorro en Colombia es baja y cotizar para pensionarse es una evidencia de ello. La población más joven tiene la convicción de que nunca se pensionará y por ello desiste de realizar los aportes. Isabel Prias, experta en seguridad social de TG Consultores, advierte:

Es una falsa creencia. Si un colombiano aporta desde joven y constantemente, lo más probable es que alcance el derecho a la pensión, pero si desde el principio cree que no lo va a lograr y decide no aportar al sistema durante su época productiva, en ese caso, no lo va a lograr.

En nuestro programa, #CharlasConActualícese, Prias afirma que si una persona inicia su vida laboral a los 18 años y cotiza al sistema general de pensiones sin suspender aportes en ningún momento, a los 40 años de edad contaría con 1.132 semanas cotizadas.

La importancia de cotizar cuando se inicia la vida laboral

En este punto, la principal recomendación de Prias es la constancia, ya que los requisitos mínimos de pensión están entre los 23 y 26 años de cotización, dependiendo del régimen pensional al cual se esté afiliado.

Como la edad de pensión en Colombia está estipulada en 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, la persona puede planificar con tiempo, por lo que los estudios pensionales son una gran opción.

“Si se está comenzando la vida laboral, desde ese momento se deben proyectar los ingresos para aportar al sistema general de pensiones”

La planeación financiera y pensional también son factores importantes. Si se está comenzando la vida laboral, desde ese momento se deben proyectar los ingresos para aportar al sistema general de pensiones, de tal manera que alcance un monto de la pensión deseada a la edad estimada por la ley.

Las administradoras de pensiones tienen como deber legal dar las instrucciones pertinentes a sus afiliados para que puedan entender y administrar su futuro pensional dependiendo del régimen pensional al que se encuentre vinculado.

¿Cuál régimen pensional es el más conveniente?

Prias explica que no hay distinción en los aportes a pensión, bien sea en Colpensiones o en los fondos privados. Sin embargo, recomienda que si la persona se encuentra afiliada al régimen privado, debe estructurar financieramente su situación pensional, no solo desde los 40 años sino desde el inicio de sus cotizaciones, para que planifique su derecho pensional.

En este régimen influyen todos los aportes realizados durante la vida laboral. Al tratarse de un régimen de ahorro y capitalización donde las inversiones y las rentabilidades son fundamentales es importante que desde el principio se gestionen adecuadamente.

Por otra parte, si la persona está afiliada a Colpensiones, debe aportar al sistema durante 26 años, cumpliendo con las cotizaciones correspondientes.

A la mayoría de la población le liquidan la pensión con el promedio de los últimos 10 años, así que la recomendación que hace Prias para una persona mayor de 40 años es estar muy atenta y cotizar en salarios favorables según sus aspiraciones en esos últimos 10 años.

Sin embargo, en el régimen de prima media –RPM– también puede aplicarse la liquidación de toda la vida laboral, si le es más favorable al afiliado.

Factores a conocer para trasladarse de régimen

Un trabajador debe elegir el momento en el cual vincularse o trasladarse a determinado régimen pensional una vez haya revisado cuidadosamente su situación pensional tanto actual como futura.

Prias recomienda realizar la doble asesoría en diferentes etapas de la vida laboral: al inicio, a la mitad de las cotizaciones y cuando se esté acercando a los últimos 10 años previos a la edad de pensión.

Lo más recomendable sería realizarla aproximándose a los 45 años, siendo un rango de edad donde los colombianos pueden tomar decisiones y medidas frente al tema con el fin de determinar qué les conviene más.

El trabajador puede trasladarse de régimen cuando haya acreditado 5 años de permanencia en el régimen actual y siempre que no se encuentre dentro de los últimos 10 años previos al cumplimiento de la edad de pensión (mujeres antes de los 47 años y hombres antes de los 52 años).

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