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Hay que proteger a los estudiantes, así como se quiere salvaguardar al público

Es el colmo que se imponga un examen para poder ejercer, por el hecho de que la formación universitaria se esté considerando pobre o inadecuada. De esta forma no se solucionan las deficiencias de las instituciones.

Fecha de publicación: 7 de junio de 2019
Hay que proteger a los estudiantes, así como se quiere salvaguardar al público
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Está claro que los sistemas educativos en el mundo son diferentes. Según la Organización Internacional del Comercio (documento S/WPPS/W/11 5 de mayo de 1997) «6. Varios países permiten que los graduados ejerzan la profesión una vez que hayan terminado sus cursos de enseñanza superior, sin exigirles experiencia práctica, formación o un examen profesional. El título superior se suele otorgar después de un examen final o después de haber escrito una tesina sobre contabilidad (ambos sustituyen al «examen profesional»). El examen final de la institución de enseñanza superior difiere del «examen profesional» tradicional, en la medida en que el primero se pasa en una institución académica, y el segundo en un organismo profesional. Además, hay más probabilidades de que el segundo incluya aspectos prácticos de la profesión, además de la teoría, porque normalmente se pasa después de un período de experiencia o formación práctica. Los títulos superiores que permiten un acceso directo a la profesión son, en la mayoría de los casos, títulos específicos en contabilidad, mientras que sólo en cuatro casos basta con poseer un «título conexo» (comercio, economía, derecho, ingeniería). En otros casos, la obtención de un título superior (en contabilidad o con una especialización en ese campo) garantiza el acceso a un examen profesional. En este caso no se exige experiencia o formación práctica, pero el organismo profesional sigue siendo competente para hacer pasar el examen profesional, que es distinto del examen final (o tesina) que se necesita para graduarse en la institución de enseñanza superior

No hay en Colombia ninguna organización de la profesión contable que haya demostrado las calidades necesarias para preparar y practicar un examen profesional. En cuanto a las universidades, es bien conocida la distinta ideología de algunos establecimientos y muchos profesores, en modo que los que no estén de acuerdo se sabe ex ante que no aprobarían las pruebas.

Nos parece el colmo que se imponga un examen para poder ejercer, por el hecho de que se considere pobre o inadecuada la formación universitaria. Con ello no se solucionan las deficiencias de las instituciones. Hay que proteger a los estudiantes, así como se quiere salvaguardar al público. En esto, como en el asunto de la convergencia, debe decirse que el responsable es el Ministerio de Educación Nacional, que tiene en sus manos la herramienta de la calidad, que de muy poco ha servido, debido a la falta de criterio con el que se administra.

Vemos a las universidades separarse de las leyes profesionales. Este es un error gravísimo, por el cual los graduados no están listos para realizar los oficios que la ley ha reservado a cada cual.

Así, por ejemplo, es claro que ciertos desempeños profesionales requieren de experiencia específica, que solo observamos en la formación médica. La Ley 50 de 1981 le permite al Gobierno sanear esta situación. Además, los planes de estudio deberían contener mayores espacios de experimentación en asuntos verdaderamente profesionales.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 4382, junio 3 de 2019