Para determinar el valor del impuesto de vehículos es necesario seguir lo dispuesto en el Decreto 2206 de 2017 del Ministerio de Hacienda y la Resolución 0005476 de 2017 del Ministerio de Transporte.
Para determinar el valor del impuesto de vehículos es necesario seguir lo dispuesto en el Decreto 2206 de 2017 del Ministerio de Hacienda y la Resolución 0005476 de 2017 del Ministerio de Transporte.
De acuerdo con el Decreto 2206 de diciembre 26 de 2017, desde el 1 de enero de 2018 las tarifas del impuesto para vehículos automotores particulares dependerá del valor de estos. De este modo, la tarifa será del 1,5 % si el valor del vehículo es igual o menor a $45.272.000, del 2,5% si el valor está entre $45.272.001 y $101.860.000, y de un 3,5% si el valor supera los $101.860.000.
Por otra parte, es preciso tener en cuenta que, mediante la Resolución 0005476 de 2017 del Ministerio de Transporte, se estableció la base gravable de los vehículos automotores para la vigencia fiscal 2018.
De acuerdo con la Ley 488 de 1998, están gravados con este impuesto todos los vehículos, sean nuevos o usados, a excepción de:
Este impuesto se causa el 1 de enero de cada año, salvo para los vehículos automotores nuevos, pues para estos el impuesto se causa en la fecha de solicitud de la inscripción en el registro terrestre automotor. Así mismo, se declarará y pagará de forma anual ante los departamentos o el Distrito Capital donde se encuentre matriculado el vehículo.