Una de las formas de clasificar los impuestos es en progresivos o regresivos. Los primeros se caracterizan por tener en cuenta la capacidad económica del contribuyente, mientras que los segundos no. Por lo general los impuestos directos son progresivos y, los indirectos regresivos.
Los impuestos pueden ser directos o indirectos (los primeros recaen sobre la persona mientras que los últimos sobre los bienes o servicios), asimismo pueden clasificarse en progresivos o regresivos.
Se consideran impuestos progresivos aquellos en los que se tiene en cuenta la capacidad económica de la persona o de la empresa, es decir: entre mayor sea la capacidad económica el valor a pagar por concepto del impuesto incrementa. El objetivo de este tipo de impuestos es que los pagos que efectúan las personas o empresas se realicen de forma proporcional a sus ingresos. Los impuestos directos suelen ser progresivos.
Un ejemplo de impuesto progresivo es el impuesto sobre la renta, en el caso de las personas naturales el valor a pagar por este concepto depende de la renta líquida gravable.
Respecto a los impuestos regresivos, poseen esta característica aquellos impuestos que no tienen en cuenta la capacidad económica de la persona o empresa y que por tanto se cobran a todos por igual. Por lo general los impuestos indirectos son regresivos.
Uno de los casos por excelencia de impuestos regresivos es el IVA, pues sus tarifas no hacen distinción de la capacidad de pago del contribuyente y por tanto se ve más afectada la economía de un contribuyente con capacidad de pago bajo que la de uno con capacidad de pago alta.
Sobre el tema, es válido tener presente que uno de los principios del sistema tributario es el de la progresividad, este hace referencia a que la carga tributaria debe distribuirse entre los contribuyentes dependiendo de su capacidad de pago. Si se analiza este principio con el de equidad, el propósito es que se reduzcan las diferencias entre los aportantes de mayor capacidad con los de menores ingresos.