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Incapacidades médicas: ¿deben ser radicadas en la EPS por el empleador o el trabajador?

¿Los procesos de radicación y trascripción de incapacidades médicas deben realizarse por el trabajador o por el empleador?

Fecha de publicación: 5 de octubre de 2020
Incapacidades médicas: ¿deben ser radicadas en la EPS por el empleador o el trabajador?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Angie Vargas

¿Los procesos de radicación y trascripción de incapacidades médicas deben realizarse por el trabajador o por el empleador?

Pregunta resuelta septiembre 28 de 2020

En este consultorio, Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, realiza su valiosa y útil intervención con la finalidad de aclarar dudas respecto a si la responsabilidad de radicar una incapacidad médica ante la EPS recae sobre el trabajador o el empleador.

En el artículo 2.2.3.1.1 del Decreto 780 de 2016 se pueden validar cuáles son los plazos que tiene la EPS para proceder con el pago de incapacidades.