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Incentivo por creación de nuevos empleos: empleadores podrán postularse del 19 al 25 de noviembre

El Ministerio del Trabajo anunció que a partir del 19 y hasta el 25 de noviembre los empleadores podrán postularse al incentivo por la generación de nuevos empleos. A continuación, un recuento de las medidas que debes tener en cuenta para esta postulación. Para dar cumplimiento a la Ley de Inversión Social que ratifica el […]

Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2021
Incentivo por creación de nuevos empleos: empleadores podrán postularse del 19 al 25 de noviembre
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Ministerio del Trabajo anunció que a partir del 19 y hasta el 25 de noviembre los empleadores podrán postularse al incentivo por la generación de nuevos empleos.

A continuación, un recuento de las medidas que debes tener en cuenta para esta postulación.

Para dar cumplimiento a la Ley de Inversión Social que ratifica el compromiso del Gobierno nacional por la generación de empleo, se convoca a los empleadores del país a postularse para ser acreedores de los incentivos por la generación de nuevos empleos, desde el 19 y hasta el 25 de noviembre, ante las entidades financieras donde tengan un producto de depósito.  

El anuncio lo realizó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, en el marco del Primer foro laboral “Beneficios tributarios, salud, formalización laboral y migración en el municipio de Cota”.  

Los incentivos por la generación de empleo se entregarán teniendo en cuenta los trabajadores adicionales que hayan sido vinculados, tomando siempre como referencia el mes de marzo de 2021, y de acuerdo con los siguientes criterios:  

  • Por vincular trabajadores adicionales que sean jóvenes entre 18 y 28 años, el empleador recibirá un aporte equivalente al 25 % de un (1) salario mínimo legal mensual vigente –smmlv–, que para el año 2021 será de $227.131, por cada nuevo puesto de trabajo generado.  
  • Por trabajadores adicionales que no correspondan a los jóvenes a los que se hizo referencia anteriormente, que devenguen y por tanto coticen hasta tres (3) smmlv, el empleador obtendrá lo proporcional al 10 % de un (1) smmlv. El aporte será de $90.852.  
  • Cuando adicione a su nómina mujeres mayores de 28 años, que ganen y coticen hasta tres (3) smmlv, el empleador recibirá un aporte estatal del 15% de un salario mínimo. Por cada una de estas trabajadoras vinculadas podrá recibir $136.278.  

Serán beneficiarias del incentivo a la creación de nuevos empleos las personas naturales y jurídicas, los consorcios, las uniones temporales, los patrimonios autónomos y las cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado, respecto de sus trabajadores agrupados, el mes completo al sistema de seguridad social.

Procedimiento de postulación  

Los empleadores y cooperativas de trabajo asociado que cumplan con los requisitos deben mes a mes allegar ante la entidad financiera los siguientes documentos:   

  • Solicitud de intención firmada por el representante legal o el que haga sus veces.  
  • Certificación firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal.  
  • Copia del registro único tributario –RUT– del empleador, expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.  

Datos:  

  • La fiscalización del apoyo para la generación de empleo para jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete, así como del incentivo a la generación de nuevos empleos, la adelantará la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social –UGPP–.  
  • Las dudas e inquietudes sobre el cronograma o el proceso de postulación podrán remitirse al correo electrónico apoyojovenes@mintrabajo.gov.co.

Fuente: Ministerio del Trabajo.