En este editorial se exponen las condiciones que se deben cumplir y toda la documentación requerida para que una persona, apoderado, autorizado o curador realice el trámite de la indemnización sustitutiva de invalidez.
En este editorial se exponen las condiciones que se deben cumplir y toda la documentación requerida para que una persona, apoderado, autorizado o curador realice el trámite de la indemnización sustitutiva de invalidez.
La indemnización sustitutiva de invalidez es la prestación económica que se reconoce al causante, una sola vez, por tener un porcentaje de pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %, pero que no cumple con las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de invalidez.
Con información de la UGPP.