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Indemnización sustitutiva de invalidez: trámite para obtenerla

En este editorial se exponen las condiciones que se deben cumplir y toda la documentación requerida para que una persona, apoderado, autorizado o curador realice el trámite de la indemnización sustitutiva de invalidez.

Fecha de publicación: 22 de septiembre de 2017
Indemnización sustitutiva de invalidez: trámite para obtenerla
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En este editorial se exponen las condiciones que se deben cumplir y toda la documentación requerida para que una persona, apoderado, autorizado o curador realice el trámite de la indemnización sustitutiva de invalidez.

“pero que no cumple con las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de invalidez”

La indemnización sustitutiva de invalidez es la prestación económica que se reconoce al causante, una sola vez, por tener un porcentaje de pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %, pero que no cumple con las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de invalidez.

Condiciones a cumplir y documentos que se deben reunir

En caso de actuar a través de…

  • Apoderado: se debe anexar poder y una copia auténtica tomada del original, con reconocimiento de firmas con huella ante notario o autoridad competente tanto del poderdante como del apoderado.
  • Autorizado: se debe anexar el original de la autorización con reconocimiento de firmas, con huella ante notario o autoridad competente tanto de quien autoriza, como del autorizado.
  • Curador, guardador o tutor: se debe anexar copia del registro civil de nacimiento.

Con información de la UGPP.

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