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[ORO] Información exógena del año gravable 2016 sufrió cuatro modificaciones

En la siguiente conferencia puede identificar los aspectos que fueron modificados de la información exógena del año gravable 2016, como son el establecimiento de nuevos criterios para que algunos contribuyentes presenten exógena y la especificación de cómo reportar cierta información.

Fecha de publicación: 30 de mayo de 2017
[ORO] Información exógena del año gravable 2016 sufrió cuatro modificaciones
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En la siguiente conferencia puede identificar los aspectos que fueron modificados de la información exógena del año gravable 2016, como son el establecimiento de nuevos criterios para que algunos contribuyentes presenten exógena y la especificación de cómo reportar cierta información.

La información exógena del año gravable 2016 fue solicitada por la DIAN a través de la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015. No obstante, esta ha sido modificada cuatro veces por las resoluciones 000084 de diciembre 30 de 2016, 000016 de marzo 15 de 2017, 000022 de abril 10 de 2017 y 000024 de abril 10 de 2017.

De esta manera, entre los cambios que introdujo la Resolución 000084 de 2016 a la Resolución 000112 de 2015 es que el literal c) del artículo 17 de esta última empezó a establecer que las personas jurídicas, sociedades y asimiladas que se encuentren en la obligación de presentar la declaración de renta deben suministrar la información señalada en los literales d) y k) del artículo 631 del ET (el primer literal hace referencia a los descuentos tributarios mientras que el segundo a las partidas registradas en las declaraciones). Con la modificación del artículo 29 de la Resolución 000112 de 2015 se estableció que quienes hayan expedido más de un certificado de ingresos y retenciones a una misma persona clasificada en la categoría de empleado durante el año gravable 2016 deberá reportar la información acumulada en un solo registro.

Con la expedición de la Resolución 000022 de 2017 se establecieron, entre otros, nuevas condiciones para el reporte de saldos de los pasivos y de los deudores.

Por otra parte es necesario tener en cuenta que mediante la Resolución 000016 de 2017 se modificó el artículo 37 de la Resolución 000112 de 2015 y con ello se ampliaron los plazos para presentar la información exógena. Es válido tener en cuenta que a los obligados a reportar información exógena y que además son damnificados por el desastre natural ocurrido en Mocoa se les ampliaron aún más los plazos y les aplicarán los mismos que se establecieron para la información exógena del año gravable 2017 (ver la Resolución 000024 de 2017).

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