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Inscripción en el RUT por extranjeros no residentes

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Los extranjeros no residentes se encuentran obligados a inscribirse el RUT?, ¿qué vigencia tiene dicha inscripción?

Inscripción en el RUT por extranjeros no residentes
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Los extranjeros no residentes se encuentran obligados a inscribirse el RUT?, ¿qué vigencia tiene dicha inscripción?

Resuelta el 17 de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, establece que el RUT es un mecanismo utilizado por la Dian que tiene como función principal identificar las obligaciones tributarias de cada contribuyente.

Dicho lo anterior, se precisa que una persona natural no residente colombiano o extranjero tendrá la obligación de inscribirse en el RUT si queda obligado de declarar renta, es decir, que haya obtenido ingresos en Colombia que superen las 1400 UVT y que sobre dichos ingresos no se hayan efectuado las retenciones establecidas en los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario.

Es de anotar que este tipo de contribuyentes deben presentar la declaración de renta de forma electrónica en el formulario 110, porque el formulario 210 cedulado solo debe ser utilizado por las personas naturales que califican desde el punto de vista tributario como residentes.