Cuando un activo intangible se origina al interior de la compañía es difícil determinar si podrá generar beneficios económicos futuros y, por tanto, establecer su costo de forma fiable, por lo cual la NIIF para pymes no permite el reconocimiento de este tipo de activos.
Cuando un activo intangible se origina al interior de la compañía es difícil determinar si podrá generar beneficios económicos futuros y, por tanto, establecer su costo de forma fiable, por lo cual la NIIF para pymes no permite el reconocimiento de este tipo de activos.
Resolvamos brevemente la siguiente inquietud de uno de nuestros usuarios: ¿Bajo NIIF para pymes es viable reconocer como intangible los derechos sobre producciones musicales o artísticas desarrolladas por una compañía de artistas?
Los lineamientos para el manejo acertado de los activos intangibles están en la Sección 18 de la NIIF para pymes en donde se indica que estos son recursos de naturaleza no material que generan beneficios para la entidad; son separables, identificables o pueden provenir de derechos contractuales aunque no sean separables e identificables y además indica, específicamente en el párrafo 4, literal c que cuando son generados internamente no se pueden reconocer.
En este caso, estas producciones musicales en una compañía de artistas, han sido creadas al interior de la empresa, se han invertido recursos para ejecutar un plan de desarrollo, creatividad, innovación, producción, desarrollo y cuando el producto está terminado se presenta al público y se recibirán ingresos de dicha producción, pero ese activo generado internamente no puede reconocerse como intangible, dada la dificultad de su medición
Caso diferente ocurre cuando una empresa adquiera beneficios sobre una producción artística que tiene un valor de $20.000.000, están ya protegidos por derechos de autor y la empresa va a explotarlos, en este caso se podrán reconocer los $ 20.000.000 como intangible.