Teniendo en cuenta que las personas de escasos recursos compran varios productos en plazas de mercado y tiendas de barrio en los que casi nunca facturan IVA pues argumentan pertenecer al régimen simplificado, no podría probarse cuál fue el IVA pagado y no podría solicitarse en devolución.
Teniendo en cuenta que las personas de escasos recursos compran varios productos en plazas de mercado y tiendas de barrio en los que casi nunca facturan IVA pues argumentan pertenecer al régimen simplificado, no podría probarse cuál fue el IVA pagado y no podría solicitarse en devolución.
La semana pasada el nuevo ministro de hacienda, Alberto Carrasquilla, contrariando lo que en campaña había prometido el actual presidente Iván Duque (quien manifestó que buscaría bajar el IVA), desató una importante polémica al mencionar que en la siguiente reforma tributaria se pensaría en llevar al congreso la propuesta de gravar con la tarifa general del IVA (actualmente del 19 %) a los bienes de la canasta familiar que hoy día se encuentran excluidos pero con el atenuante de que a las personas de escasos recursos se les haría posteriormente una devolución de este.
El ministro no ha revelado hasta ahora los detalles de esta polémica propuesta, ni cómo piensa llevarla a la práctica, y solo se han conocido algunos cálculos, basados en estudios del año 2013, según los cuales las personas de escasos recursos actualmente, en los gastos de su canasta familiar que se encuentran excluidos de IVA, se están ahorrando mensualmente un IVA de $18.000 mientras que las clases más pudientes que compran en esos mismos bienes y servicios se están ahorrando mensualmente un monto de $278.000. Por eso el ministro piensa que ese mayor IVA que empezarían a pagar las clases más pudientes sí serviría para devolver el IVA que terminen pagando las clases económicamente más necesitadas.
En relación con lo anterior, es importante destacar que la medida de devolver a los más pobres el mayor valor del IVA que empezarían a pagar en su canasta familiar no se podría llevar a la práctica en muchos casos por una importante y contundente razón y es que las personas de escasos recursos casi siempre compran sus productos de la canasta familiar en plazas de mercado y tiendas de barrio las cuales por lo general nunca facturan sus operaciones (y mucho menos el IVA) pues dicen pertenecer a propietarios inscritos en el régimen simplificado del IVA (e incluso algunos de esos propietarios no son ni siquiera responsables de dicho impuesto pues todo lo que venden es actualmente excluido de IVA).
En vista de lo anterior, si los congresistas aprobaran gravar con IVA los bienes y servicios de la canasta familiar que hoy se encuentran excluidos, lo que al final sucedería es que los comerciantes de barrio y de las plazas de mercado, que como hemos dicho son personas naturales que casi siempre alegan pertenecer al régimen simplificado del IVA, empezarían a pagar ese mayor IVA a sus proveedores para luego tratarlo como un mayor costo de sus compras y por consiguiente lo único que harían sería aumentar el precio de venta a sus clientes finales (personas de escasos recursos) pero sin llegar a facturarles ningún valor por concepto de IVA.
Siendo ese el caso, las personas de escasos recursos no tendrían cómo soportar ante la Dian una supuesta solicitud de devolución por el IVA pagado a esos comerciantes de barrio o plazas de mercado sobre los bienes de la canasta familiar (pues nunca tendrían una factura en sus manos, mucho menos con IVA) y lo único que sí se habría logrado es empobrecer más a dichas personas (algo que no tiene sentido y que echaría al traste el objetivo del ministro).
Ahora bien, si una gran parte de los bienes y servicios de la canasta familiar actualmente se venden como excluidos del IVA, es obvio que los comerciantes de dichos bienes (o los prestadores de dichos servicios) no se ven en la obligación de inscribirse en el RUT (pues si solo venden bienes excluidos o prestan servicios excluidos, y tampoco son declarantes de renta, entonces no hay obligación de figurar en el RUT). Además, los valores por IVA que dichos comerciantes o prestadores de servicios pagan a sus proveedores y acreedores se vienen tratando como un mayor valor de sus costos y gastos lo cual los obliga a aumentar el precio de venta final de sus productos o servicios.
Sin embargo, si el congreso aprobara gravar esos bienes y servicios que hasta ahora son excluidos, muchos de esos comerciantes (en especial personas naturales con bajo nivel educativo como los campesinos cultivadores), tendrían que empezar a figurar en el RUT (ya sea como responsables del IVA en el régimen simplificado o en el régimen común) lo cual podría ser muy traumático para muchos de esos comerciantes justamente por su escaso conocimiento de los asuntos tributarios.
Así mismo, si el comerciante de los bienes o prestador de los servicios es alguien que se inscribe en el régimen común del IVA, empezaría a suceder que los valores por IVA que pague a sus proveedores y acreedores ya no se quedarían como un mayor costo de sus operaciones (pues se tratarían como un IVA descontable en sus declaraciones) y por consiguiente se entendería que podría bajar el precio de venta antes de IVA a sus clientes. Pero muchos de ellos, aprovechándose del desconocimiento en materia tributaria de sus clientes finales, no rebajarán ese precio de venta y más bien lo seguirán dejando en los mismos niveles de antes y adicionalmente lo cobrarían junto con el 19 % por concepto de IVA, creando un incremento muy alto en los valores finales a pagar por todos los consumidores, lo que al final desestimularía las compras y el comercio en general (algo que no le conviene a ninguna economía).
Como vemos, tal parece que existen muchos argumentos para demostrar que la propuesta de gravar todos los bienes de la canasta familiar con IVA, y con la falacia de que se podría devolver a las personas de escasos recursos, es una propuesta que solo traería más complicaciones que soluciones.