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IVA en venta de publicidad en emisoras de radio

¿La venta de publicidad en emisoras de radio se encuentra excluida de IVA?

Fecha de publicación: 4 de abril de 2017
IVA en venta de publicidad en emisoras de radio
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿La venta de publicidad en emisoras de radio se encuentra  excluida de IVA?

El Dr. Diego Guevara indica que desde hace mucho tiempo se encuentra establecido que los servicios de pauta publicitaria en algunas emisoras se pueden vender como excluidos de IVA.

Lo anterior se encuentra dispuesto en el artículo 476, numeral 21 del Estatuto Tributario, el cual establece, entre otras cosas, lo siguiente:

“*12 Adicionado- Los servicios de publicidad en periódicos que registren ventas en publicidad a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior inferiores a 180.000 UVT. *13*

La publicidad en las emisoras de radio cuyas ventas sean inferiores a 30.000 UVT*13* al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior y programadoras de canales regionales de televisión cuyas ventas sean inferiores a 60.000 UVT *13* al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Aquellas que superen este monto se regirán por la regla general.”

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