La jornada ordinaria laboral es todo aquel tiempo que ocupa el trabajador para realizar una labor; esta puede ser hasta de 8 horas diarias. Ahora bien, el empleador puede acordar con su trabajador laborar horas extras, siempre que estas no superen la máxima legal, es decir, 10 horas diarias.
La jornada ordinaria laboral es todo aquel tiempo que ocupa el trabajador para realizar una labor; esta puede ser hasta de 8 horas diarias. Ahora bien, el empleador puede acordar con su trabajador laborar horas extras, siempre que estas no superen la máxima legal, es decir, 10 horas diarias.