Junta Central de Contadores reanudó labores de forma presencial
Desde el 1° de julio de 2020, la JCC reanudó los términos de caducidad y prescripción de los procesos disciplinarios, así como la atención a los usuarios.
Fecha de publicación:
3 de julio de 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Desde el 1° de julio de 2020, la JCC reanudó los términos de caducidad y prescripción de los procesos disciplinarios, así como la atención a los usuarios.
La Junta Central de Contadores expidió la Resolución 000-0871 del 18 de junio de 2020, por medio de la cual se reanudan los términos en las actuaciones administrativas, procesos disciplinarios y trámites de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores y se dictan otras disposiciones.
Según el artículo 1° se reanudarán los términos de las actuaciones administrativas, procesos disciplinarios y trámites de la UAE Junta Central de Contadores, con algunas condiciones:
El Tribunal Disciplinario reanudará el 1° de julio de 2020 los términos de caducidad y prescripción de los procesos disciplinarios, al igual que adelantará las etapas procesales en cada uno de los mismos, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 43 de 1990 y normas supletorias y reglamentarias al mismo.
La atención al usuario en la ciudad de Bogotá para asuntos disciplinarios será únicamente los días martes y jueves desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 p.m., en jornada única, a partir del 1 de julio de 2020, con un receso en la atención al público de 12:00 m. a 12:30 m.
Las diligencias de inspección y toma de información in situ, inicialmente, se desarrollan a través de medios tecnológicos, en procura de la protección de los inspeccionados e inspectores, iniciará a partir de la expedición del presente acto administrativo.