Actualícese.com

Juntas de acción comunal no están obligadas a presentar declaración de renta

Por medio del Concepto 12173 del 17 de mayo de 2017, la DIAN confirma que las juntas de acción comunal no son consideradas como entidades no contribuyentes de renta y no declarantes de ingresos y patrimonio.

Fecha de publicación: 29 de junio de 2017
Juntas de acción comunal no están obligadas a presentar declaración de renta
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Por medio del Concepto 12173 del 17 de mayo de 2017, la DIAN confirma que las juntas de acción comunal no son consideradas como entidades no contribuyentes de renta y no declarantes de ingresos y patrimonio.

El artículo 144 de la Ley 1819 del 2016, por el cual se modificó el artículo 22 del Estatuto Tributario, sobre entidades no contribuyentes de renta y no declarantes de ingresos y patrimonio, incluye expresamente a las juntas de acción comunal.

De esta manera, aclara la DIAN, estas entidades no están obligadas a presentar declaración de renta. La disposición también se refiere a las corporaciones autónomas regionales, áreas metropolitanas, entidades territoriales y superintendencias.

Fuente: DIAN.