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[La Norma] IVA para las empresas temporales

Artículo 462-1 del E.T. El IVA generado por las empresas temporales de empleo, de servicios de vigilancia y otras mencionadas en este, será sobre el AIU, y para efectos del IVA, no puede ser inferior al 10% del valor del contrato.

Fecha de publicación: 11 de marzo de 2013
[La Norma] IVA para las empresas temporales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fuente: ¿Cómo se debe manejar el IVA de las empresas pertenecientes al artículo 462-1 del E.T.?