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[La Norma] Por los derechos de los discapacitados

Artículo 26 de la Ley 361 de 1997. En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de trabajo.

Fecha de publicación: 17 de octubre de 2012
[La Norma] Por los derechos de los discapacitados
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fuente: Trabajador con debilidad manifiesta, nuevamente es necesario autorización para desvincular