Así lo dispuso el artículo 38 de la Ley 1450 de junio 16 de 2011 con el cual se adicionó un numeral al artículo 879 del Estatuto Tributario. El beneficio solo se otorgará a las sociedades vigiladas por Supersociedades que tengan como objeto principal la compra de cartera.
Así lo dispuso el artículo 38 de la Ley 1450 de junio 16 de 2011 con el cual se adicionó un numeral al artículo 879 del Estatuto Tributario. El beneficio solo se otorgará a las sociedades vigiladas por Supersociedades que tengan como objeto principal la compra de cartera.
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