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Leasing operativo en NIIF, ¿es distinto al operacional en la norma nacional?

Al utilizar la palabra leasing, se debería usar los conceptos arrendamiento operativo o arrendamiento financiero, según sea el caso. Se debe aclarar que hasta la fecha, el arrendamiento financiero que se manejaba como operativo ya no aplica en Colombia, desde enero del 2013.

Fecha de publicación: 17 de septiembre de 2014
Leasing operativo en NIIF, ¿es distinto al operacional en la norma nacional?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Al utilizar la palabra leasing, se debería usar los conceptos arrendamiento operativo o arrendamiento financiero, según sea el caso. Se debe aclarar que el arrendamiento financiero que se manejaba como operativo ya no aplica en Colombia, desde enero del 2013.

Se está confundiendo leasing operativo con leasing financiero. No son lo mismo. Cuando se menciona la palabra leasing, se debería utilizar los conceptos arrendamiento operativo o arrendamiento financiero, según el caso.

Posiblemente cuando las personas hablan de leasing tienen en su mente el financiero y no el operativo, y por esta razón se presenta confusión.

En el art. 127-1 del E.T. se afirma que el leasing financiero se puede manejar, en algunas circunstancias, como si fuera un leasing operativo.

¿Qué es el leasing o arrendamiento operativo?

Es lo que conocemos como el alquiler normal. Cuando se arrienda una maquinaria por determinado tiempo o un local; un alquiler común y corriente. Un arrendamiento que se lleva habitualmente al gasto y que el dueño del bien lo lleva como ingreso.

¿Y el leasing o arrendamiento financiero?

Es diferente al anterior ya que se maneja como un activo y un pasivo. El activo se maneja como Propiedad Planta y Equipo o intangible según el caso y el pasivo como un pasivo financiero; un crédito. Por eso es totalmente distinto el arrendamiento operativo del arrendamiento financiero.

En la norma local es exactamente igual, simplemente una norma tributaría permitía darle un cambio a ciertas condiciones pero de carácter tributario, para poder llevar el arrendamiento financiero y manejarlo como operativo.

Vale la pena aclarar que el arrendamiento financiero que se manejaba como operativo ya no aplica en Colombia, desde enero del 2013.

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