La ley modificó los artículos 11 al 14-1 de la Ley 1715 de 2014, estableciendo que las inversiones para generar energía eléctrica con fuentes no convencionales ya no se depreciarán con tasas anuales del 20 %, sino del 33,33 %.
Los beneficios tributarios de la Ley 1715 regirán hasta julio 10 de 2051.
La ley modificó los artículos 11 al 14-1 de la Ley 1715 de 2014, estableciendo que las inversiones para generar energía eléctrica con fuentes no convencionales ya no se depreciarán con tasas anuales del 20 %, sino del 33,33 %.
Los beneficios tributarios de la Ley 1715 regirán hasta julio 10 de 2051.