Respecto a los pagos de seguridad social, ¿Cómo se liquida la sanción por no reportar información, hacerlo con errores o de manera extemporánea? ¿La UGPP se encuentra facultada para sancionar a las administradoras del sistema de seguridad social y a las que afilian colectivamente a trabajadores independientes?
Responde conferencista: Angie Vargas
Respecto a los pagos de seguridad social, ¿Cómo se liquida la sanción por no reportar información, hacerlo con errores o de manera extemporánea? ¿La UGPP se encuentra facultada para sancionar a las administradoras del sistema de seguridad social y a las que afilian colectivamente a trabajadores independientes?
Pregunta resuelta 14 de diciembre de 2020
En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social analiza, con relación a los pagos de seguridad social, cómo se liquida la sanción por no reportar información, hacerlo con errores o de manera extemporánea.
De igual manera, explica si la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– está facultada para sancionar a las administradoras del sistema de seguridad social y a las que afilian colectivamente a trabajadores independientes.
Es importante recordar que mediante la Ley 1151 de 2007 se creó la UGPP, entidad del orden nacional que se encuentra adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.