Mediante el Decreto 612 de junio 4 de 2021 se volvió a ampliar el plazo para que las personas jurídicas que califican como micro y pequeñas empresas, puedan cancelar el saldo a pagar de su declaración de renta del año gravable 2020.
La primera ampliación se dio con el Decreto 374 de 2021.
Mediante el Decreto 612 de junio 4 de 2021 se volvió a ampliar el plazo para que las personas jurídicas que califican como micro y pequeñas empresas, puedan cancelar el saldo a pagar de su declaración de renta del año gravable 2020.
La primera ampliación se dio con el Decreto 374 de 2021.