Entidades que tengan menos de 500 salarios mínimos en activos y menos de 10 trabajadores manos a la obra si no han comenzado con la tarea. Hay que iniciar con el proceso, pero no de forma improvisada. Se debe conocer la normatividad. Contraten a un contador público que conozca del tema y las asesore.
Entidades que tengan menos de 500 salarios mínimos en activos y menos de 10 trabajadores, ya debieron empezar el proceso de transición, pero no de forma improvisada, Se debe conocer la normatividad. Contraten a un contador público que conozca del tema y las asesore.
Las microempresas no están obligadas a aplicar estándares internacionales sino Normas de Información Financiera -NIF- establecidas en el Decreto 2706 del 2012, ahora compilado en el nuevo Decreto Único Reglamentario 2420 del 2015. Estas no son normas internacionales sino que se trata de un marco normativo local colombiano. Su ámbito de aplicación son microempresas, entidades que tengan menos de 500 salarios mínimos en activos y menos de 10 trabajadores.
Todavía hay microempresas que están esperando que se aplace el tema. Esto no va a suceder. No hay ni reversa ni aplazamiento.
Hay que iniciar con el proceso, pero no de forma improvisada, por tal motivo lo mejor es conocer la normatividad o contratar a alguien para que lo haga. Las microempresas, por lo general, cuentan con contadores públicos externos, quienes se han capacitado y conocen del tema.
Si se trata de una microempresa que tiene cierto nivel de operaciones, tiene capacidad o los propietarios quieren contar con la opinión de un contador externo, se puede contratar un implementador para que haga consultoría.
El Estado y las Cámaras de Comercio están apoyando este tema a través de diversos convenios. Varias microempresas podrían agruparse y así realizar el proceso de implementación.
Pensar que este tema es sólo del contador es un error. La gerencia también debe involucrarse porque debe estar pendiente en el proceso de generación de políticas contables y ver qué tratamiento se le darán a las transacciones.
Pensar «esto a mi no me toca porque soy pequeño» o «como no me han requerido quién me va a revisar» es un error. Esto es un tema de cumplimiento de la norma.
Debe existir una adecuada planeación en el tema. Si es necesario contratar un externo hágalo, de lo contrario, esta labor podría adelantarla el mismo contador de la microempresa, siempre y cuando esté capacitado en el tema. Se deben generar las políticas contables, elaborar el balance de apertura, y de ahí en adelante se siguen aplicando las NIF en los periodos posteriores.