En este editorial se aborda la NIA 330 que trata de la responsabilidad que tiene el auditor de planear e implementar respuestas a los riesgos de incorrección material identificados y evaluados en medio de la auditoría de estados financieros de conformidad con la NIA 315.
En este editorial se aborda la NIA 330 que trata de la responsabilidad que tiene el auditor de planear e implementar respuestas a los riesgos de incorrección material identificados y evaluados en medio de la auditoría de estados financieros de conformidad con la NIA 315.
La NIA 315 expone las situaciones a las que debe estar atento un auditor y la manera de proceder ante riesgos de incorrección material en los estados financieros. Cabe anotar que esta norma explica cómo debe prepararse el auditor y hacer uso de su experticia desde el reconocimiento inicial del negocio, el diagnóstico de la empresa, la revisión de políticas contables y la congruencia con la que la administración responde por la operación.
En sintonía con lo anterior, la NIA 330 trata de la responsabilidad que tiene el auditor –en medio de la auditoría de estados financieros– de prever las posibles soluciones ante los riesgos de incorrección material identificados y valorados en su encargo; para esto debe buscar suficiente y apropiada evidencia de auditoría sobre los riesgos evaluados de incorrección material para proceder a implementar respuestas como solución.
Entre las respuestas pueden estar las siguientes:
Dependiendo de la valoración realizada por el auditor de los riesgos identificados se tendrá en cuenta cómo planear y aplicar los procedimientos de auditoría posteriores, para esto el auditor debe establecer que:
Independiente del enfoque que el auditor considere, este debe diseñar y aplicar procedimientos sustantivos para cada tipo de transacción o saldo que resulten materiales.
En cuanto al diseño y aplicación de las pruebas de controles el auditor debe verificar la eficacia, obtener evidencia de la manera en que se han aplicado los controles en los momentos relevantes a lo largo del período, tanto en los procesos como en la ejecución de las labores, además de que estos hayan sido aplicados en congruencia con las Normas Internacionales de Aseguramiento, y también obtener evidencia de las personas que aplicaron los controles y las herramientas utilizadas por estas personas.
El auditor podrá determinar, como se mencionó anteriormente, la periodicidad con la que realizará estas pruebas; esto puede justificarlo considerando en la evidencia de auditoría qué tan eficientes fueron los elementos del control y las herramientas utilizadas en la anterior auditoría, cuál fue el seguimiento que se le hizo a estos controles, así como identificar los riesgos originados en la anterior auditoría.
De las pruebas realizadas tanto en la validación de los saldos y registros de los movimientos contables, como del análisis financiero realizado a los subgrupos de cuentas y componentes de los estados financieros, el auditor tendrá que definir si las incorrecciones que se detectaron indican que los controles no están funcionando de forma eficiente.
En caso de que los resultados de las pruebas de controles no sean satisfactorios puede resultar necesario incrementar el uso de procedimientos sustantivos buscando abarcar una mayor muestra de la información, todo esto considerando si se amerita realizar este procedimiento según el riesgo detectado.
El auditor debe realizar una evaluación global de la información financiera de la entidad verificando en los respectivos estados financieros y en las revelaciones adjuntas que se cumpla con cada uno de los requerimientos de los nuevos marcos técnicos normativos contables, ya sea que la entidad pertenezca al grupo 1, 2 o 3.
Dependiendo de los procedimientos de auditoría que efectúa el auditor, este debe evaluar antes de que termine su encargo si la valoración de los riesgos de incorrección material incluidos en las afirmaciones iniciales sigue siendo adecuada o si existen nuevas pruebas que evidencien algo distinto. Posterior a esto, para dar sus conclusiones el auditor debe considerar si la evidencia que obtuvo fue relevante ya sea para corroborar o contradecir las afirmaciones ya mencionadas.
Ahora bien, luego de lo ya mencionado se puede dar que la parte confirmante (administradores o la dirección) no quiera responder a los requerimientos del auditor ya sea porque no lo considere necesario o porque tenga reservas acerca de las responsabilidades legales que se originen al suministrar información. Independiente de estas u otras situaciones, el auditor debe emitir un informe con salvedades especificando que obtuvo inconvenientes al obtener la evidencia y que esto imposibilitó su labor de auditoría, además de informar los resultados de los procedimientos realizados o denegar la opinión sobre los estados financieros según considere.