Según las indicaciones de la NIA 800 el dictamen del auditor sobre un trabajo de auditoría con propósito especial debe incluir ocho elementos. Los profesionales contables deberán tener presente los cambios indicados para modificar un dictamen propuesto y ajustarlo a las instrucciones de esta NIA.
Según las indicaciones de la NIA 800 el dictamen del auditor sobre un trabajo de auditoría con propósito especial debe incluir ocho elementos. Los profesionales contables deberán tener presente los cambios indicados para modificar un dictamen propuesto y ajustarlo a las instrucciones de esta NIA.
La NIA 800 toca el tema del dictamen del auditor sobre compromisos de auditoría con propósito especial. La idea es establecer normas y proporcionar lineamientos frente a los compromisos de auditoría con propósito especial, incluyendo:
El auditor deberá analizar y evaluar las conclusiones extraídas de las evidencias obtenidas durante el trabajo de auditoría con propósito especial como la base para una expresión de opinión. El dictamen deberá contener una clara expresión de opinión.
La naturaleza, oportunidad, y alcance del trabajo que va ser desarrollado en una auditoría con propósito especial variará con las circunstancias. Antes de emprender un trabajo de auditoría con propósito especial, el auditor deberá asegurarse de que hay acuerdo con el cliente sobre la naturaleza exacta del trabajo y la forma y contenido del dictamen que será emitido.
Al planear el trabajo de auditoría, el auditor necesitará una clara comprensión del propósito para el que se usará la información sobre la que se emite el dictamen, y quién es probable que la use.
Para evitar la posibilidad de que el dictamen del auditor sea usado para un propósito diferente al planeado el auditor puede indicar en el dictamen el propósito para el cual se prepara y las restricciones que crea necesarias sobre su distribución y uso.
La NIA 800 presenta puntos a tener en cuenta a la hora de hacer los siguientes dictámenes:
El dictamen del auditor sobre un trabajo de auditoría con propósito especial, excepto por un informe sobre estados financieros resumidos, debe incluir los siguientes elementos:
En el caso de información financiera que va ser entregada por una entidad a autoridades del Gobierno, fideicomisarios, aseguradores y otras entidades, puede haber un formato prescrito para el dictamen del auditor. Estos dictámenes prescritos pueden no estar delineados según los requisitos de esta NIA.
Por ejemplo, el dictamen prescrito puede requerir una certificación de hechos cuando una expresión de opinión es apropiada, puede requerir una opinión sobre asuntos fuera del alcance de la auditoría, o puede omitir un texto esencial.
Cuando se le solicita que dictamine en un formato prescrito, el auditor deberá considerar la substancia y texto del dictamen prescrito y, cuando sea necesario, deberá hacer los cambios indicados para conformarlo a los requerimientos de esta NIA, ya sea reconstruyendo la forma o anexando un dictamen separado.