Los pasos para reconocer los ingresos derivados de contratos con clientes están enunciados en la NIIF 15 – Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes, la cual debe ser aplicada desde el 1 de enero de 2018. A continuación algunos puntos para tener en cuenta.
Los pasos para reconocer los ingresos derivados de contratos con clientes están enunciados en la NIIF 15 – Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes, la cual debe ser aplicada desde el 1 de enero de 2018. A continuación algunos puntos para tener en cuenta.
Se entiende por contrato un acuerdo que ha sido suscrito por dos o más partes, con las obligaciones y derechos que contiene. Este puede ser escrito, verbal o estar implícito. También está condicionado a las disposiciones legales, el sector en el que se encuentre la empresa o las políticas internas de la misma.
La NIIF 15 enumera una serie de criterios o condiciones que se deben cumplir para que un contrato se reconozca:
Si no se llegan a cumplir los criterios anteriores debe evaluarse si estas condiciones se cumplirán luego. Si la entidad recibe la contraprestación del cliente, podrá reconocer el ingreso de actividades ordinarias cuando:
Para profundizar en este tema, presentamos la cartilla práctica Reconocimiento, medición y revelación de ingresos bajo Estándares Internacionales, cuyo objetivo es que nuestros usuarios conozcan detalladamente las novedades que trajo consigo la actualización normativa pertinente para el grupo 1 (NIIF 15 y NIIF 16), cómo deben reconocerse los ingresos provenientes de diferentes tipos de operaciones; la diferencia existente entre ingresos por actividades ordinarias y ganancias, ingresos operacionales y no operacionales, ventas brutas, ingresos para terceros, estado de resultado y estado de resultado integral; entre otros tópicos no menos importantes, analizados a la luz de las normas consagradas en los Estándares Internacionales.
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