Una empresa que expida factura sin los requisitos solicitados por la Dian, puede afrontar multas equivalentes al 1 % del valor de las operaciones facturadas, sin exceder un máximo de 950 UVT; aproximadamente 32 millones de pesos. Por no cumplir con los plazos la multa será hasta de 15.000 UVT.
Una empresa que expida factura sin los requisitos solicitados por la Dian, puede afrontar multas equivalentes al 1 % del valor de las operaciones facturadas, sin exceder un máximo de 950 UVT; aproximadamente 32 millones de pesos. Por no cumplir con los plazos la multa será hasta de 15.000 UVT.
Con el inicio de la segunda fase de implementación de la factura electrónica en Colombia, la cual tuvo como gran cambio la validación previa de los documentos por parte de la Dian, llegan las sanciones para las empresas que dentro del calendario de obligatoriedad no la implementen o incurran en fallas.
Ismary Lara, gerente general de Stupendo Colombia afirma que quienes todavía no están convencidos de implementarla deben poner la lupa sobre las sanciones que establece la Dian, las cuales pueden terminar en una multa de hasta 15.000 UVT, es decir, un monto cercano a los 514 millones de pesos.
Si no se cumplen las validaciones, la factura electrónica no podrá ser utilizada como costo, deducción o descontable. El Estatuto Tributario específica las siguientes sanciones:
Lara afirma que algo que vale la pena recordar es que en los casos donde la Dian manifieste la indisponibilidad del servicio, las facturas deben ser enviadas a los compradores sin validación. «Eso sí, al reestablecerse el servicio, la obligación del facturador es, dentro de las 48 horas siguientes, hacer llegar los documentos para la autorización», dice.
Con la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 se fijó el calendario de implementación de la factura electrónica. Quienes deseen iniciar el proceso de facturador electrónico de forma anticipada, deberán registrarse en el portal de la Dian. Esta opción debería ser aprovechada, ya que, si se usa ese tiempo a favor, se pueden evitar contratiempos que signifiquen la aplicación de las multas anteriormente mencionadas.
Finalmente, Lara destaca que “en esta etapa de validación previa, si el documento no es aprobado por la Dian se deben corregir los errores informados, luego firmar electrónicamente y enviar de nuevo, eso sí, con el mismo número de factura. La autoridad tributaria ha definido que el número de consecutivo de factura no será consumido para el evento de rechazo”.