Por lo menos son siete los beneficios tributarios que plantea el PND: exoneración del IVA para proyectos que generan energía, exención de un porcentaje del impuesto predial por la creación de centros de actividad económica y descuentos en el impuesto de renta para quienes inviertan en esos centros.
Por lo menos son siete los beneficios tributarios que plantea el PND: exoneración del IVA para proyectos que generan energía, exención de un porcentaje del impuesto predial por la creación de centros de actividad económica y descuentos en el impuesto de renta para quienes inviertan en esos centros.
El 22 de marzo de 2019 el Plan Nacional de Desarrollo fue aprobado en primer debate. El texto que pasó a segundo debate no tiene varias de las propuestas originales, entre las que se destacan el recorte de subsidios a los estratos 1, 2 y 3, el aumento a la cotización en salud para trabajadores independientes y la modificación a los impuestos de licores.
Entre las propuestas aprobadas están la creación de una sobretasa a la energía para financiar Electricaribe, así como la creación de aranceles para la importación de textiles. La propuesta en la que se pidieron facultades extraordinarias para que el presidente pudiera fusionar o suprimir cualquier entidad pública se modificó, y ahora solo podrá fusionar un listado limitado de entidades financieras que son propiedad del Estado.
Un punto que ha causado polémica dentro de la discusión del PND es el de los artículos que plantean exenciones tributarias propuestas por el Gobierno nacional:
Luis Álvaro Pardo Becerra, economista especializado en derecho minero-energético y constitucional, y quien elabora este informe, dice que para «consentir a los inversionistas» los últimos gobiernos aprobaron más de 250 beneficios tributarios, sin que estos hubiesen sido evaluados por sus objetivos, y sin estimar su costo-beneficio. Además, la mayoría fueron aprobados sin período de vigencia, y por tanto yacen a perpetuidad en el Estatuto Tributario.