Actualícese.com

Normativa y requisitos para que una conciliación en materia tributaria sea aprobada

La Dian tiene la facultad, según la reforma tributaria estructural, de realizar conciliaciones en procesos contencioso administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria.

Normativa y requisitos para que una conciliación en materia tributaria sea aprobada
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Dian tiene la facultad, según la reforma tributaria estructural, de realizar conciliaciones en procesos contencioso administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria.

El artículo 305 de la Ley 1819 de 2016 facultó a la Dian para realizar conciliaciones en procesos contencioso administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria.

Al respecto, y tratándose de procesos que se encuentren en segunda instancia y en los que se discuta la legalidad de liquidaciones oficiales tributarias, la Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló que los contribuyentes podrán conciliar el 70 % del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones, según el caso, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos previstos en la Ley 1819 de 2016 y en el Decreto 927 de 2017.

Fuente: Consejo de Estado.